Resolución del Comité de Competición

Fallo 01/2019-20

Encuentro: Cafetería Piscinas Pobladura Virgen Camino – Manchester Fity
Fecha: sábado 26 de octubre a las 20:00

Tras la lectura y el análisis del acta del encuentro, así como del anexo que completa el relato de los hechos acontecidos a falta de 4,5 segundos para la finalización del mismo, este Comité determina:

1. Amonestar a los jugadores nº 5 del equipo Cafetería Piscinas Pobladura Virgen del Camino, don ANTONIO DÍAZ GONZÁLEZ y al nº 1 del equipo Manchester Fity, don SERGIO SUÁREZ GÓMEZ, por “ser culpables de conducta antideportiva” según el párrafo “Incorrecciones sancionables con una amonestación”, de la Regla 12, Faltas e incorrecciones, página 38 de las Reglas CNFS. Esta amonestación conlleva una sanción económica de 10€ para cada jugador.

2. Amonestar a los equipos Cafetería Piscinas Pobladura Virgen del Camino y Manchester Fity, por “entrar o volver a entrar en la superficie de juego sin el permiso de los árbitros, o contravenir el procedimiento de sustitución”, según el párrafo “Incorrecciones sancionables con una amonestación”, de la Regla 12, Faltas e incorrecciones, página 39 de las Reglas CNFS. Esta amonestación conlleva una sanción económica de 10€ para cada equipo.

3. Sancionar al jugador nº 8 del equipo Manchester Fity, don CRISTIAN SUÁREZ GÓMEZ, por “la realización de actos que provoquen la suspensión de un partido” (art. 5.B de las Reglas CNFS), así como “el empleo de medios violentos durante el juego, produciendo daños de carácter especialmente grave” (art. 5.C de las Reglas CNFS) con SUSPENSIÓN por toda la Temporada 2019-20. Esta suspensión conlleva una sanción económica de 20€.

Estas sanciones están basadas en las Reglas de la Confederación Nacional de Fútbol Sala (CNFS) y Asofusa. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ante el Juez Único de Competición en el plazo máximo de tres días desde la recepción de este escrito.

En León, a 3 de noviembre de 2.019
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